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MARCA


Por marca entendemos todo signo o medio que sirve para distinguir en el mercado los productos o servicios de una persona, de productos o servicios idénticos o similares de una empresa de las de otras.

Mediante su registro conseguimos identificar que los productos con su distintivo pertenecen a una única empresa, evitando su copia por otro fabricante distinto, a la vez que aseguramos que el consumidor pueda identificar inequívocamente a ambos: producto y fabricante.Pueden constituir una marca las palabras o las combinaciones de palabras, las imágenes, figuras, signos y gráficos, las letras, las cifras y sus combinaciones y las formas tridimensionales, los signos sonoros, y cualquier combinación de los signos mencionados anteriormente.

El derecho sobre la marca se adquiere mediante su registro, cumpliendo con las normativas de la ley 17/2001, en los organismos correspondientes, y, una vez concedido, su propietario dispondrá de su uso en exclusiva, pudiendo actuar por vía civil y penal contra quienes infringiesen su derecho.

Otorga el derecho de exclusiva en el ámbito territorial de cada una de las naciones para la que se haya solicitado.La vigilancia de la situación de la marca no sólo es necesaria, sino que es imprescindible, ya que con el último cambio de la Ley de Marcas la Oficina de Patentes y Marcas ya no protege al usuario con derechos previos. Lo que esto significa es que el propietario de una Marca debe no sólo vigilar y comparar las solicitudes nuevas similares a las suya, sino que debe defender su Marca contra terceros. Esta vigilancia es la única forma de poder estar al corriente del interés registral de terceros con denominaciones parecidas a las propias, en el supuesto de que dicha Marca se concediera se deberían ejercitar acciones civiles con un determinado coste que puede evitarse.




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